Entender la institucionalización de su hijo o hija

2. ¿Por qué ha sido institucionalizado o institucionalizada?

La institucionalización se produce cuando es la única forma de garantizar la seguridad física o mental de su hijo o hija.

Su hijo o hija puede haber sido institucionalizado o institucionalizada por dos motivos:

  • De acuerdo con el Servicio de Protección de Menores (SPMi, por sus siglas en francés), usted conviene que la situación es inviable y que la institucionalización es necesaria.
  • Por orden de un o una juez. En este caso, el o la asistente social para la protección del menor (IPE, por sus siglas en francés) o el o la juez le explican los motivos que sustentan la institucionalización, por lo general, en el marco de una vista oral. Dichos motivos también se describen en la resolución del tribunal.
Última actualización
30 January 2026

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